BEYOND BOLAÑO : THE GLOBAL LATIN AMERICAN NOVEL (HOYOS, HÉCTOR) (Sin clasificar)
CONTACTO NIÑO-ANIMAL (VASEN, JUAN) (Sin clasificar)
GRAPHIC DESIGN BY IAIN CADBY FOR THE ELMS LESTERS PAINTING ROOMS (CADBY, IAIN/LUCAS, GAVIN) (Sin clasificar)
PINTA I ESCRIU LA MONA DE PASQUA (CANYELLES, ANNA) (Sin clasificar)
TODOS ESTAMOS LLAMADOS A SER SANTOS (PAPA FRANCISCO) (Sin clasificar)
BUENAVENTURA ÍÑIGUEZ. EL MÚSICO NAVARRO DE SEVILLA (MACAYA FLORISTÁN, JESÚS MARÍA) (Sin clasificar)
FUNDING RELIGIOUS HERITAGE (FORNEROD , ANNE) (Sin clasificar)
EL ENSAÑAMIENTO (ALONSO ÁLAMO, MERCEDES) (Sin clasificar)
1. El Código penal español contempla el ensañamiento en diferentes zonas de su articulado:El ensañamiento es una circunstancia agravante general comprendida en el artículo 22. 5.ª del Código penal. Según dicho artículo �que no emplea el término ensañamiento� agrava la responsabilidad criminal: «aumentar deliberada e inhuman amente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito». Los efectos de la circunstancia en la pena se derivan de lo previsto en las reglas 3.ª y 4.ª del artículo 66 a tenor de las cuales si concurre una o dos circunstancias agravantes se aplicará la pena en la mitad superior de la que fije la ley para el delito, y en el caso de que concurran más de dos circunstancias agravantes y no concurriera atenuante alguna, los jueces o tribunales podrán aplicar la pena superior en grado a la establecida por la Ley, en su mitad inferior.El ensañamiento es también una de las características o circunstancias que elevan el homicidio a asesinato. Según el artículo 139. 3.ª del Código penal, comete asesinato quien mata a otro «con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido». En el marco del asesinato, el ensañamiento fundamenta la aplicación de un marco penal más severo que el previsto para el simple homicidio (prisión de quince a veinte años frente a la prisión de diez a quince años del homicidio) y, desde luego, produce unos efectos en la pena notoriamente superiores a los que el ensañamiento despliega cuando opera como circunstancia agravante general.
1. El Código penal español contempla el ensañamiento en diferentes zonas de su articulado:El ensañamiento es una circunstancia agravante general comprendida en el artículo 22. 5.ª del Código penal. Según dicho artículo �que no emplea el término ensañamiento� agrava la responsabilidad criminal: «aumentar deliberada e inhuman amente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito». Los efectos de la circunstancia en la pena se derivan de lo previsto en las reglas 3.ª y 4.ª del artículo 66 a tenor de las cuales si concurre una o dos circunstancias agravantes se aplicará la pena en la mitad superior de la que fije la ley para el delito, y en el caso de que concurran más de dos circunstancias agravantes y no concurriera atenuante alguna, los jueces o tribunales podrán aplicar la pena superior en grado a la establecida por la Ley, en su mitad inferior.El ensañamiento es también una de las características o circunstancias que elevan el homicidio a asesinato. Según el artículo 139. 3.ª del Código penal, comete asesinato quien mata a otro «con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido». En el marco del asesinato, el ensañamiento fundamenta la aplicación de un marco penal más severo que el previsto para el simple homicidio (prisión de quince a veinte años frente a la prisión de diez a quince años del homicidio) y, desde luego, produce unos efectos en la pena notoriamente superiores a los que el ensañamiento despliega cuando opera como circunstancia agravante general.LO QUE CERVANTES CALLÓ (JOSE MANUEL GONZALEZ) (Ficción)
Con motivo del cuarto centenario de la edición de la segunda parte del Quijote, este autor trata de aportar el resultado de sus investigaciones sobre la obra cervantina, con el fin de desenmascarar los numerosos enigmas que rodean el conjunto de la obra, aquello que Cervantes no contó, pero que con más o menos intención refleja en su obra singular. Especialmente esta investigación abunda en el tan traído y llevado Lugar de la Mancha que Cervantes cita en dos de sus principales obras: en El Quijote y en Los trabajos de Persiles y Segismunda, refiriéndose de igual manera en ambos, como: Un lugar de la Mancha de cuyo nombre no me quiero acordar. Esta investigación se ha llevado a cabo, tomando como referencias principales los lugares que Cervantes refleja en el conjunto de su obra y en el devenir de la historia y de la geografía que marcaron las distintas dimensiones territoriales del antiguo y del actual Campo de Montiel. Para ello el autor ha tenido en cuenta especialmente el antiguo y conocido Campo de Montiel, al que alude Cervantes y los mapas y caminos genuinos de su época, contrastándolos con mapas satelitales actuales. Ha procurado evitar la utilización de itinerarios y mapas posteriores a Cervantes. Especialmente ha evitado argumentar su tesis en mapas realizados a mano alzada, para no desvirtuar la realidad. El autor hace una obra crítica y toma en consideración las opiniones de otros investigadores, antiguos y actuales, sobre ese Lugar de la Mancha, pero solo para emitir su opinión razonada y desenmascarar con sus argumentos la verosimilitud, o no de los mismos. Al final de la obra, argumenta desde diferentes puntos de vista: geográficos, históricos, y otros, sus conclusiones sobre ese Lugar de la Mancha, que Cervantes imaginó en la ficción para sus personajes, e incluso se atreve a sugerir las causas de ese reiterado-olvido.
Con motivo del cuarto centenario de la edición de la segunda parte del Quijote, este autor trata de aportar el resultado de sus investigaciones sobre la obra cervantina, con el fin de desenmascarar los numerosos enigmas que rodean el conjunto de la obra, aquello que Cervantes no contó, pero que con más o menos intención refleja en su obra singular. Especialmente esta investigación abunda en el tan traído y llevado Lugar de la Mancha que Cervantes cita en dos de sus principales obras: en El Quijote y en Los trabajos de Persiles y Segismunda, refiriéndose de igual manera en ambos, como: Un lugar de la Mancha de cuyo nombre no me quiero acordar. Esta investigación se ha llevado a cabo, tomando como referencias principales los lugares que Cervantes refleja en el conjunto de su obra y en el devenir de la historia y de la geografía que marcaron las distintas dimensiones territoriales del antiguo y del actual Campo de Montiel. Para ello el autor ha tenido en cuenta especialmente el antiguo y conocido Campo de Montiel, al que alude Cervantes y los mapas y caminos genuinos de su época, contrastándolos con mapas satelitales actuales. Ha procurado evitar la utilización de itinerarios y mapas posteriores a Cervantes. Especialmente ha evitado argumentar su tesis en mapas realizados a mano alzada, para no desvirtuar la realidad. El autor hace una obra crítica y toma en consideración las opiniones de otros investigadores, antiguos y actuales, sobre ese Lugar de la Mancha, pero solo para emitir su opinión razonada y desenmascarar con sus argumentos la verosimilitud, o no de los mismos. Al final de la obra, argumenta desde diferentes puntos de vista: geográficos, históricos, y otros, sus conclusiones sobre ese Lugar de la Mancha, que Cervantes imaginó en la ficción para sus personajes, e incluso se atreve a sugerir las causas de ese reiterado-olvido.











