En AMORIS LAETITIA, los divorciados vueltos a casar pueden comulgar, si cumplen 4 criterios:
1. Que no se ofendan derechos a terceros.
2. Que la nueva situación sea más cristiana.
3. Que no haya escándalo en la comunidad.
4. Que no se quiera comulgar por prestigio social.