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APUNTES DE DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL (GONZÁLEZ ÁLVAREZ-BUGALLAL, Mª CRISTINA / MEDINA RUBIO, RICARDO)
El Derecho Constitucional tiene una característica que lo distingue del resto de los cuerpos normativos que constituyen el Ordenamiento Jurídico: no puede darse sino en determinadas condiciones políticas. Los demás cuerpos jurídicos, de ámbito privado y público, siempre están vigentes, se trate de una autocracia o una democracia el régimen político en el que se asienten. El Derecho Constitucional no, porque sólo florece en regímenes que hayan creado las circunstancias necesarias para poder alcanzar su objetivo primordial: la preservación de los derechos personales frente a los abusos de poder. Es cierto que no existe un solo país que no cuente nominalmente en su ordenamiento jurídico con una constitución. En todos los casos nos encontramos con textos bien elaborados desde el punto de vista técnico-jurídico, lo cual no significa que repercutan con el mismo grado de eficacia en la vida real; sólo en aquéllos en los que la garantía de los derechos individuales y la separación de los poderes del estado sean efectivas, gozarán verdaderamente de una constitución y, por tanto, de un corpus juris constitucional capaz de convertir los atributos naturales del individuo en categorías jurídicas de Derecho positivo otorgándoles, además, la suprema posición en el Ordenamiento Jurídico. El objetivo de frenar la natural tendencia al abuso de toda forma de poder, explica, por una parte, el escaso número de países con constitución en sentido propio, y plantea, por otra, la necesidad de afianzar la constitución mediante instrumentos que la defiendan de la perpetua amenaza de los poderes públicos. De esta necesidad nace la exigencia de una categoría jurídico política, que ha venido a llamarse la Defensa de la Constitución, y que se realiza en tres actuaciones diferentes: la de los tribunales constitucionales, en los momentos de normalidad, ejerciendo el control de constitucionalidad de los actos de los poderes públicos; la de las asambleas representativas, en los anormales, declarando los estados de excepción y sitio; y, en última instancia, cuando los procedimientos legales son claramente inútiles para subvertir la calamidad política o bélica, la acción directa del pueblo, en uso de su legítimo derecho originario a la insurgencia, algo así como una legítima defensa frente al opresor interno o externo. Hay que advertir, no obstante, que esta última manifestación de la defensa de la constitución raramente puede deducirse de las constituciones europeas, en cambio, se encuentra recogida como derecho en varias constituciones de Hispanoamérica. El trabajo que aquí se presenta bajo el título “Apuntes de Derecho Procesal Constitucional”, se debe, casi en su totalidad1, al esfuerzo de la licenciada María Cristina González Alvarez-Bugallal, funcionaria de Justicia y profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Alicante. Esfuerzo doblemente meritorio, por ser su primera publicación y por tratar de un asunto muy poco explorado por la doctrina española, la dimensión procesal del Derecho Constitucional; no así en Hispanoamérica –de nuevo surge del olvido el ejemplo del constitucionalismo hispanoamericano- en donde los grandes constitucionalistas han manifestado un interés especial por los aspectos procesales del Derecho Constitucional; véase la ingente labor del insigne constitucionalista mexicano Héctor Fix-Zamudio referida a dos áreas del conocimiento jurídico perfectamente consolidadas como disciplinas clásicas, el Derecho Procesal Constitucional y el Derecho Constitucional Procesal. El título del trabajo anuncia la finalidad docente, los alumnos de la Facultad de Derecho. Pero la obra quiere ir dirigida también a los profesionales del Derecho, cada vez más interesados en la dimensión forense del Derecho Constitucional. El contenido es la descripción sistemática de los procedimientos que ofrece la ley reguladora del Tribunal Constitucional español para el control de la constitucionalidad de los actos de los poderes públicos, en todas sus dimensiones: legislativa, ejecutiva y judicial, comprendiendo por tanto, el juicio de constitucionalidad de las leyes, el amparo de derechos y la resolución de los conflictos de competencia entre los órganos constitucionales. Se ha puesto especial interés en la fundamentación jurisprudencial aludiendo a aquellas sentencias del Tribunal Constitucional que sientan doctrina. Merece ser destacada también lo que, quizá, es la parte más original de la obra, el estudio de la repercusión de la Justicia Constitucional en la práctica de la Justicia Ordinaria. Por todo ello, los “Apuntes de Derecho Procesal Constitucional” han de ser considerados como uno de los primeros pasos para alcanzar un objetivo: la consolidación de una disciplina, en mantillas todavía en la Universidad española, a la que contribuye la Facultad de Derecho de la Universidad de Alicante con el trabajo personal de la profesora González Alvarez-Bugallal. Ricardo Medina Rubio

COMUNICACIÓN POLÍTICA . NUEVAS DINÁMICAS Y CIUDADANÍA PERMANENTE (SÁNCHEZ MEDERO, RUBÉN / GUTIÉRREZ-RUBÍ, ANTONI / CRESPO, ISMAEL / MORENO SIEIRA, CRISTINA / CALLEJA, RICARDO / RUBIO, RAFAEL / PUJADAS CAPDEVILA, EVA / PEYTIBI, XAVIER / SOTELO ENRÍQUEZ, CARLOS /)
La obra aborda el análisis de la comunicación política desde una perspectiva novedosa al combinar una aproximación académica y profesional. Ello permite realizar un adecuado tratamiento de algunos de sus principales conceptos, como los efectos de la comunicación en el comportamiento de los ciudadanos, con otros que resultan novedosos, como la formulación de la tesis de la democratización de la comunicación política o el tratamiento de la ética en la comunicación. Del mismo modo, y desde una perspectiva práctico-profesional, se presentan herramientas como el storytelling o los grassroots, y estrategias como la actividad del lobbying o la gestión de la comunicación en situaciones de crisis. Todo ello sin olvidar uno de los principales focos de atención de la comunicación política: la organización de las campañas electorales y, muy especialmente, las campañas digitales. Los contenidos son abordados por profesores de Ciencia Política y de Comunicación, y profesionales del sector que ofrecen una visión aplicada de los mismos. De este modo, se combina un tratamiento académico-teórico y práctico-profesional, lo que permite a esta obra distinguirse de otras similares que se encuentran en el mercado.

PARLAMENTO ABIERTO . EL PARLAMENTO EN EL SIGLO XXI (RUBIO NÚÑEZ, RAFAEL / VELA NAVARRO-RUBIO, RICARDO)
El desarrollo tecnológico ejerce influencia sobre el sistema democrático, conlleva cambios en el funcionamiento de las organizaciones e instituciones políticas y afecta de manera particular al Parlamento. Las TIC enfatizan la crisis en la que se considera que se encuentra la institución parlamentaria debido a su insuficiente adaptación al nuevo entorno social y político. Aplicar al Parlamento los principios del Gobierno abierto (transparencia, participación y colaboración) se plantea, en esta obra, como una posible solución que implica el fortalecimiento de sus funciones tradicionales y la incorporación de nuevas capacidades para facilitar, así, su adaptación a la sociedad de la información sin alterar su esencia de institución representativa.