CUMPLIMIENTO POR EQUIVALENTE Y RESARCIMIENTO DEL DAÑO AL ACREEDOR (LLAMAS POMBO, EUGENIO)
Esta obra gira en torno a una única cuestión, incardinada dentro de esa omnicomprensiva categoría que se viene denominando «responsabilidad contractual», pero que engloba toda una serie de diferentes y heterogéneos remedios o instrumentos al alcance del acreedor, que no siempre resultan armónicamente articulados entre sí. No obstante su trascendencia práctica, el viejo problema que aquí se aborda aún está abierto a discusión. En el supuesto de imposibilidad sobrevenida de la prestación, imputable al deudor, cabe dudar entre dos posibles soluciones: a) Conceder al acreedor el derecho a obtener el valor de la prestación (la aestimatio rei), como algo previo e independiente de la indemnización de los ulteriores o adicionales daños y perjuicios. Solución que el autor defiende y denomina «autonomía del cumplimiento por equivalente». b) Resolver la situación con una sola indemnización de daños y perjuicios, que comprendería tanto el equivalente pecuniario, como el resto de los daños sufridos por el acreedor, al mantener un «concepto integral de indemnización». Para resolver adecuadamente esa cuestión y sustentar su tesis, el autor examina minuciosamente tanto los preceptos del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil como un elevado número de sentencias del Tribunal Supremo, a la luz de sus antecedentes históricos. Y también otros temas conexos, como las distintas formas de lesión del derecho de crédito, o la tipología de los intereses del acreedor. Siempre desde la inevitable perspectiva práctica que requiere el tratamiento de un problema que, más allá de la pura especulación teórica, se plantea cotidianamente en nuestros tribunales.REFORMA INTEGRAL DE LA LEGISLACION CIVIL, LA (D´AGUANNO, GIUSEPPE)
La necesidad de una renovacion en toda nuestra legislacion civil proviene de multiples circunstancias, las cuales, lejos de pugnar entre si, se unen armonicamente, porque todas dependen de un hecho, que es el de haber cambiado las condiciones sociales y el estar sufriendo los estudios de una gran modificacion.GUÍA DE DERECHO CIVIL. TEORÍA Y PRÁCTICA (TOMO II) – DERECHO DE OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD CIVIL (ARANDA RODRÍGUEZ, REMEDIOS / DÍAZ ROMERO, MARÍA DEL ROSARIO / GOÑI RODRÍGUEZ DE ALMEIDA, MARÍA / MONDEJAR PEÑA, Mª ISABEL / PÉREZ ÁLVAREZ, MARÍA DEL PILAR)
El volumen II de la «Guía teórico práctica de Derecho Civil» se centra en el análisis del Derecho de obligaciones. Siguiendo con el método del volumen I, sobre Fundamentos de Derecho Civil, se presenta una guía teórica de los temas fundamentales del derecho de obligaciones, seguida de una gran relación de legislación y jurisprudencia al respecto. Continuan los temas con una segunda parte práctica, de casos prácticos, documentación, autoevaluación y bibliografía. Es una herramienta básica y muy útil tanto para los profesores, que en un solo texto tienen una gran cantidad de material para preparar su clase; como para los alumnos que, con el nuevo sistema impuesto por Bolonia, se les impone un estudio semiautónomo del Derecho y se les orienta hacia el autoaprendizaje.DICCIONARIO JURISPRUD. D. CIVIL GALLEGO+EBOOK (LEFEBVRE-EL DERECHO)

DERECHO DE COSAS (ENNECCERUS, LUDWIG / WOLFF, MARTIN)

JORNADES CAP A UN CODI CIVIL DE CATALUNYA
Recull de les conferències pronunciades durant aquestes jornades, organitzades p el Departament de Justícia amb l'objectiu de fer participar el món jurídic catal à en la codificació del nostre dret civil per tal de dur, a curt termini, a l'ap rovació del Codi civil de Catalunya.LA CALIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS COMUNES Y PRIVATIVOS (EDITORIAL SEPIN)
En los edificios hay dos clases de elementos, instalaciones y servicios, unos que son comunes y otros exclusivos de cada propietario. Los primeros son los que menciona el artículo citado 396 CC. En cuanto a los segundos, en principio, se podría señalar que son individuales aquellos que no tengan relación de dependencia con los generales del edificio. Ahora bien, esto no siempre es fácil, y de ahí los problemas que ocasiona. No hay duda en cuanto a las instalaciones de carácter exclusivamente privado: por ejemplo, las interiores de electricidad, agua, teléfono, etc., pero no es tan evidente si hablamos de conducciones de desagüe, calefacción, antena colectiva de televisión, y aquellos que pasan, vienen o llevan a los servicios generales del inmueble.HONOR, INTIMIDAD E IMAGEN DE LAS PERSONAS FAMOSAS (ROMERO COLOMA, AURELIA MARÍA)
En la sociedad actual, son muchos los que se preguntan sí,. con la enorme divulgación de la denominada «Prensa del corazón» en nuestro. país, existe o es defendible un derecho a la intimidad, al honor y a la imagen. de las personas famosas, tal como lo prREVISTA FISCAL 1994 (PERULLES MORENO, JOSÉ M. / CARBAJO VASCO, DOMINGO)

FIANZA, ACCESORIEDAD Y CONTRATO DE GARANTÍA (CARRASCO PERERA, ÁNGEL FRANCISCO)

INTRODUCCIÓN AL DERECHO CINEMATOGRÁFICO (GUTIÉRREZ VIENA, LUIS)

JURISPRUDENCIA FAMILIAR Y SUCESORIA (GARCÍA GIL, F. JAVIER)

ESTUDIOS DE DERECHO CIVIL EN HONOR PROFESOR CASTAN TOBEÑAS. (T.5)

FORU-LEGE ZIBILAK/LEYES CIVILES FORALES . EUSKAL ANTONOMIA ERKIDEGOA NAFARROAKO FORU KOMUNITATEA;COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PA (AAVV)
Prólogo.1. Comunidad Autónoma del País Vasco.Ley 3/1992, de 1 de julio, del Derecho Civil Foral del País Vasco.Anexo. Ley 3/1999, de 16 de noviembre, de modificación de la Ley del Derecho Civil Foral del País Vasco, en lo relativo al Fuero Civil de Gipuzkoa.Índices analíticos. Castellano-euskera. Euskera-castellano.2. Comunidad Foral de Navarra.Compilación del Derecho Civil Foral o Fuero Nuevo de Navarra.Anexo. Ley Foral 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables.Indices analíticos: castellano-euskera y euskera-castellano.