Derecho internacional privado y conflicto de leyes



CASOS BÁSICOS DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.
El libro recoge 44 casos que no por una cuestión de estilo se denominan básicos+. Pretenden cubrir la mayor parte de las cuestiones que son tratadas en un curso estándar de DIPr ofreciendo al alumno herramientas para resolver casos semejantes que puedan plantearse en clase o en los exámenes. Se dividen en 14 lecciones que abarcan cuestiones introductorias, competencia judicial internacional, reconocimiento y ejecución de decisiones, obligaciones contractuales y extracontractuales, derechos reales, crisis de pareja, sucesiones, filiación y sustracción internacional de menores, sucesiones, excepciones a la aplicación del Derecho reclamado por las normas de conflicto y cooperación judicial internacional.

LEGISLACIÓN DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Tras las importantes novedades legislativas producidas durante el verano de 2015, las modificaciones que han tenido lugar desde entonces en el ámbito del Derecho internacional privado han sido menos intensas. No obstante, múltiples disposiciones específi

FUNCION SOCIAL DEL DERECHO PRIVADO Y OTROS ESTUDIOS, LA
La enseñanza trascendental de Gierke es haber explicado la posteridad, de forma explicita, las contradicciones entre el Juristenrecht y el de Volkrecht y la nota caracteristica de la tradicion germanica de cara a la edificacion de su concepto de un Estad

CONTRATO DE ADHESION, EL
Esta obre tiene como objetivo analizar el contrato de adhesion y su regulacion, enfocado en el Derecho Empresario y el Derecho del Consumidor en Latinoamerica, asi como la necesidad del contrato en masa, fortaleciendo las relaciones del consumo, sin las

EL CONTRATO DE REASEGURO EN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Este libro toca el núcleo del Derecho internacional privado, es decir, el problema de la determinación de la Ley aplicable. Para su solución, el principio y el final de este estudio conectan claramente entre sí. En la Parte I, con su examen de Derecho material, se incide en el concepto de la "comunidad de riesgos", que se encuentra en la base de la actividad aseguradora. Esta mutualidad o solidaridad habrá de revelarse capital en la Parte II en sede de conflicto de leyes, particularmente en el análisis de la doctrina de la "prestación característica"

MANUAL DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
El presente Manual ha sido concebido como una herramienta muy básica para que el estudiante de Grado pueda aprehender la esencia del Derecho internacional privado, ello sin menoscabo del rigor científico, de la actualidad de los materiales manejados y del afán propedéutico que siempre deben estar presentes en el quehacer del profesor universitario. Se pretende con esta obra, en fin, ofrecer un instrumento para el estudio de la asignatura Derecho internacional privado adaptado a las exigencias del Espacio Europeo de Educación Superior en lo estructural, en lo sustancial y en lo pedagógico. Se aborda en el Manual una materia que adolece de una complejidad que se incrementa con el continuo desarrollo del tráfico jurídico externo. Con el ánimo de allanarla se ha estructurado la obra en torno a un doble eje. Por una parte se acoge, como perspectiva de análisis, el sistema español en la materia. Por otra se sigue un iter lógico en el tratamiento de los contenidos que comienza con los aspectos introductorios del Derecho internacional privado, prosigue con el Derecho procesal civil internacional, continúa con los métodos de reglamentación y sus problemas de aplicación, finalizando con el Derecho civil internacional. Pese a la limitación física de un formato necesariamente marcado por la concisión, se ha querido que el lector de esta obra halle en ella los conceptos esenciales de la asignatura a fin de prepararlo para afrontar, con unas garantías mínimas, cualquier supuesto de tráfico jurídico externo.

TEORIA GENERAL DEL NEGOCIO JURIDICO
El fondo de la critica de Emilio Betti se refiere al poder autonormativo de los privados, la que se acoge con aquiescencia, reposa en una perspectiva de funcionalizacion de la autonomia privada, dirigida a limitar la esfera de accion de los privados a pe

DERECHOS REALES (ED. OLEJNIK)
El Derecho de cosas tiene su sede en el Codigo Civil. Mas, en cuanto representaban un marco que encuadrara todo el Derecho de cosas, han sido desbordados al correr de los tiempos. Son en especial los dos ultimos decenios los que han hecho brotar una verdadera avalancha de nuevas leyes que se agolpan apresuradamente unas tras otras.

ASOCIACIONES NO RECONOCIDAS, LAS
Mucho se habla hoy del fin comun con referencia a los denominados contratos con comunidad de fin, o asociativos, o de organizacion, o plurilaterales.

LEGISLACIÓN BÁSICA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Esta obra constituye una sistematización, con abundantes notas y concordancias —además de referencias a las direcciones de Internet útiles para completar y poner al día determinados datos— de los textos básicos de Derecho internacional privado vigentes en el ordenamiento español, precedidos de una introducción. Partiendo de la Constitución española y los textos comunitarios básicos, profundamente modificados tras la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam el 1.º de mayo de 1999, las normas más relevantes en esta materia se han agrupado en cuatro grandes rúbricas: la consagrada a las «Normas de Derecho procesal y de cooperación internacional de autoridades», al «Arbitraje», a las «Normas de Derecho civil, mercantil y laboral internacional» y, por último, al «Derecho interregional». En cada uno de estos sectores se incluyen las normas internas, las del Derecho internacional convencional en vigor en el ordenamiento español y las de Derecho comunitario con incidencia en el ámbito del Derecho internacional privado, que han aumentado notablemente en los últimos tiempos. Este amplio conjunto de textos, actualizados hasta el cierre de la edición de 2006, está destinado a facilitar tanto la docencia universitaria como la labor de los profesionales del Derecho.

INDEMNIZACION DE LOS DAÑOS CONTRACTUALES, LA
Fruto de la colaboracion que he seguido manteniendo con Reinhard Zimmermann, hemos pensado que valia la pena traducir al español el capitulo que ha dedicado a la indemnizacion de daños contractuales en los Commentaries on European Contract Laws por el ed