Derecho

DETERMINACIÓN Y RECLAMACIÓN DE CUOTAS DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS . CRITERIOS JUDICIALES Y FORMULARIOS (CARLOS MANUEL MARTÍN JIMÉNEZ / JUAN JOSÉ MARTÍN JIMÉNEZ)

Las Comunidades de Propietarios se han erigido en "célula elemental" de convivencia social. Su funcionamiento depende, en buena medida, de un sistema de financiación que garantice su viabilidad, en el que juega un papel determinante la determinación de cuotas de contribución al sostenimiento comunitario. Sensible a la neces idad de proteger la actividad de estas "unidades básicas del tejido social", nuestro legislador ha regulado una modalidad de proceso especial revestido una naturaleza privilegiada para reclamar el impago de las cantidades con las que cada comunero debe contribuir a los "gastos comunes de Comunidades de propietarios de inmuebles urbanos". Determinación y reclamación de cuotas se convierten, de esta manera, en claves sobre las que gravita la propuesta de este libro.Guía a este trabajo un espíritu impregnado de pragmatismo, y su planteamiento se basa en la puesta a disposición del lector no solo de de formularios con los que se puedan canalizar las formalidades que deben respetarse para la determinación de cuotas, sino también de un amplísimo compendio de "criterios judiciales" expresados por nuestros tribunales para la resolución de los litigios que se susciten como consecuencia del impago de aquellas.Ambos aspectos interesan a un amplísimo abanico de personas, que comprende tanto al profesional del derecho como al lego que en la última Junta fue designado, por riguroso turno, Secretario o Presidente de la Comunidad, motivo por el que este trabajo recurre a un lenguaje y a unos planteamientos sencillos y asequibles, sin apartarse en lo más mínimo del rigor en la exposición, para que su contenido resulte asequible a cualquier lector. Aspira, en definitiva, este libro a convertirse en herramienta imprescindible para todos aquellos que se vean en la necesidad de adoptar una decisión relativa al "buen gobierno económico" de la Comunidad, a través de la determinación y reclamación de cuotas de Comunidades de Propietarios…

MEJORA DEL GOBIERNO CORPORATIVO DE SOCIEDADES NO COTIZADAS : A PROPÓSITO DE LA LEY 31/2014, DE 3 DE DICIEMBRE . A PROPOSITO DE LA LEY 31/2014, DE 3 DE DICIEMBRE (JORDÁ GARCÍA, RAFAEL)

La Ley 31/2014, de 3 de diciembre, modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo y sus reformas no se aplican sólo a las sociedades cotizadas sino también, en muchas cuestiones, las restantes sociedades de capital, con el objetivo de mejorar las buenas prácticas empresariales. En la presente obra, tras introducir el concepto de gobierno corporativo objeto de la mejora pretendida, que ayuda a comprender el porqué de la reforma, se analizan las novedades introducidas por dicha Ley para las sociedades no cotizadas en nuestro Derecho societario. En dicho sentido, por un lado, las novedades introducidas modifican el régimen jurídico de la junta general que tratan de fomentar el papel de este órgano social, y aunque se amplían derechos de los socios, se persigue especialmente el ejercicio oportunista de tales derechos en los supuestos del derecho de información y el de impugnación de los acuerdos sociales. Por otro lado, respecto a los administradores se sistematiza y se refuerza el régimen de sus obligaciones y su responsabilidad, si bien se fomenta la discrecionalidad empresarial en la adopción de decisiones estratégicas o de negocio siempre que se cumplan determinados requisitos. En materia de remuneración de los administradores también se introducen importantes novedades, entre otras, la necesaria razonabilidad en la fijación de sus importes. Por último, en caso de existir Consejo de Administración, se imponen más reuniones mínimas anuales y se limitan las facultades delegables, estableciéndose con carácter obligatorio la celebración de un contrato con el consejero delegado. Estas y otras novedades introducidas en la Ley de Sociedades de Capital son analizadas en este libro, con la intención de facilitar su interpretación y comprensión.

FAMILIA Y SUCESIONES EN LAS RELACIONES HISPANO-MARROQUÍES (ESCUDERO MOYA, MERCEDES)

La importancia del colectivo marroquí asentado en España justifica el estudio de los problemas que se suscitan en el ámbito del Derecho de familia y sucesorio en las relaciones hispano-marroquíes. La necesidad de ofrecer una solución a tales problemas exige una mayor especialización de los profesionales del Derecho, así como herramientas que faciliten su trabajo. En esta obra los autores realizan una reflexión crítica de la normativa vigente, tratando de superar las carencias de los análisis tradicionales, de carácter meramente positivista, y apostando por un enfoque diferente, que incide en la dimensión de práctica social del Derecho. Esto les ha permitido superar una visión rígida y abstracta del Derecho internacional privado, mostrar su carácter esencialmente dinámico y formular propuestas de reforma.

PROCESO PENAL COMPARADO (ESPAÑA, FRANCIA, INGLATERRA, ESTADOS UNIDOS Y RUSIA) . (ESPAÑA, FRANCIA, INGLATERRA, ESTADOS UNIDOS Y RUSIA) (PEÑARANDA LÓPEZ, ANTONIO)

Las dificultades de la traducción jurídica son harto conocidas. Para el traductor jurista, del que se presume una buena comprensión de la materia tratada y un conocimiento de los procesos y figuras descritos en un texto, así como de la terminología empleada, la dificultad consiste en encontrar la buena equivalencia en la lengua ad quem y, si la coincidencia conceptual es imperfecta o inexistente, en sugerir una que sea inteligible para el lector. No es poca tarea, pero peor lo tiene el traductor no jurista, que debe navegar por aguas que no conoce bien, llenas de escollos, sin más ayuda que un diccionario que, en el mejor de los casos, sólo le ofrece vocablos desnudos, sin concepto ni contexto, de manera que la elección entre uno u otro suele ser difícil y, por ello, de resultado incierto.La experiencia del autor en los Servicios Lingüísticos de las Naciones Unidas en Ginebra con textos jurídicos de toda índole, pero especialmente con los destinados a los mil y un órganos que forman la constelación de los Derechos Humanos, le indujo a pensar en la utilidad que podría presentar para el traductor no jurista adquirir un conocimiento siquiera somero de las materias que debe manejar cada día y, casi siempre, en un ambiente de agobio y premura. Compartida esa creencia por los responsables de dichos Servicios, el autor aceptó dar unos cursos sobre proceso penal comparado, materia casi siempre presente en los textos sobre derechos humanos. El interés mostrado por los asistentes y los resultados observados han compensado largamente el esfuerzo dedicado a la preparación de dichos cursos y confortado el pensamiento inicial del autor sobre la utilidad de la enseñanza impartida.

LA VIDA EN 5′ . DERECHO Y REVÉS, S.L. (GALVÍN, VIRGINIA)

Virginia Galvín, periodista, es subdirectora de Vanity Fair. Es también autora del blog "Agujeros Negros", donde escribe diariamente desde 2009. Al primer oficio le dedica el día entero, al segundo, todas sus madrugadas. El uno le da de com

LAS CAJAS DE AHORROS Y LA PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE LA CRISIS DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO (COLINO MEDIAVILLA Y OTROS, JOSÉ LUIS)

En el año 2010, la rigurosa crisis económica y financiera había ido exigiendo, progresivamente, intervenciones normativas en el régimen jurídico de las cajas de ahorros, así como en los procedimientos y medidas para tratar la crisis de las entidades de crédito. Era una materia muy atractiva para el estudio, no solo por su actualidad e importancia, sino también por la certeza de que su tratamiento estaba inacabado. La amplitud y características de la materia requería combinar las aportaciones de investigadores y profesionales, atendiendo a las distintas disciplinas implicadas y tomando en consideración la experiencia internacional más influyente en la reforma del régimen de las cajas de ahorros.

LA DISCRIMINACIÓN EN EL ACCESO AL EMPLEO POR RAZÓN DE NACIONALIDAD (DA ROCHA BRANDAO, DANIELA)

La realidad social sobre la que se construye el derecho fundamental a no ser discriminado por razón de nacionalidad en el acceso al empleo es el mercado de trabajo europeo. El conjunto de normas sobre las que se asienta este derecho se refiere a los siguientes ámbitos del Derecho social de la Unión Europea: el mercado de trabajo europeo, la libre circulación de trabajadores y el intercambio de ofertas y demandas de empleo. En los tres capítulos que siguen se ofrece un tratamiento del anterior derecho fundamental y, a la vez, principio del Derecho de la Unión Europea, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. La interpretación de la no discriminación en el acceso al empleo por razón de nacionalidad seguida por dicho Tribunal es el objeto del presente estudio. Se deja fuera de él la no discriminación por razón de nacionalidad de los nacionales de los terceros países, así como la discusión sobre posibles discriminaciones por razón de nacionalidad con origen en la doble imposición fiscal, cuestión bastante común en el trabajo transfronterizo. La regla de la no discriminación por razón de nacionalidad en el acceso al empleo prevista en el art. 45.2 TFUE y en las disposiciones del Reglamento (UE) n.° 492/2011 posee aplicación, efecto y vinculación directa. De la serie de procedimientos de los que conoce el Tribunal de Justicia, las cuestiones objeto de esta memoria asentadas en aquel precepto del TFUE pueden ser de cuatro tipos. Dos de ellas son horizontales: Comisión o Estado contra otro Estado en aplicación de los arts. 258 y 259 TFUE (antiguos arts. 226 y 227 TCE) y un particular contra otro ante un Tribunal nacional. Y dos verticales: un Estado contra un particular ante un Tribunal nacional y un particular contra un Estado ante un Tribunal nacional.