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Henry Buckley fue testigo de excepción de una década crucial en la Historia contemporánea española, desde su llegada a Madrid en 1929, cuando sólo es un periodista principiante, hasta que atraviesa los Pirineos en 1939 con los restos del ejército republicano, convertido ya en corresponsal curtido. Siempre objetivo, pero cada vez más involucrado en la vida española, Buckley vive en primera persona las convulsiones sociales, las pugnas políticas y los enfrentamientos bélicos que determinaron el futuro del país: presencia la caída de Primo de Rivera, está junto a Alcalá Zamora cuando se proclama la Segunda República, junto al general Líster en la batalla del Ebro y junto a Negrín en el último Consejo de Ministros de un gobierno al borde del exilio. Vida y muerte de la República española es un relato periodístico vivo y directo de una época y de sus protagonistas, y desde su publicación en Londres en 1940 ha sido fuente inagotable de información para los historiadores. Esta edición en castellano ofrece a los lectores españoles la oportunidad de redescubrir un pasado que sigue marcando su presente.
Cuando John Dewey publicó este libro, en 1927, contaba casi con setenta años. Para entonces, el "sueño americano" seguía vivo, pero a sus ojos el malestar de la cultura estadounidense ya empezaba a manifestar síntomas preocupantes. Tal vez por eso, esta obra, probablemente una de las mejores que escribió, sea uno de los grandes diagnósticos de la crisis de legitimación de la primera gran sociedad capitalista y, más en particular, una enérgica defensa de la democracia popular justo cuando el capitalismo descubría en los bienes de consumo y en los medios de comunicación de masas una nueva y poderosa forma de control. Dewey no separaba tajantemente opinión y conocimiento, hábito y pensamiento. Para él, la opinión no era sólo el reino de los prejuicios, las impresiones vagas, los lugares comunes, las emociones fáciles. El conocimiento requerido por el público no consistía en adquirir un punto de vista objetivo, externo, neutral, sino en generar un clima de debate donde las opiniones y creencias pudieran ponerse a prueba. Tenía claro que ni la política deliberativa podía dirigirse como una investigación científica, ni la opinión pública informada podía ser una comunidad de expertos. De igual modo que idealmente la ciencia no se regía por la autoridad, la democracia tampoco dependía de instituciones consagradas, de expertos o del aparato del Estado, sino de una vida pública activa, fruto de una colaboración libre y voluntaria, animada más por el deseo de compartir y mejorar una buena idea que por el de monopolizarla. Dewey fue un enemigo de las burocracias rígidas y de la centralización, pero también le alarmaba el desgaste de las viejas tradiciones democráticas, incapaces de adaptarse a los nuevos tiempos. (Ramón del Castillo Santos. De su Estudio Preliminar)
"Hablar de educación y cultura, de civilidad y humanismo en un mundo tan radicalmente dividido como el nuestro, puede parecer algo utópico, si no impertinente. Y sin embargo, si se quieren vencer los antagonismos sociales y nacionales hoy existentes, parece que no se hará con soluciones meramente políticas...." Estas palabras, escritas en 1931 por Lorenzo Luzuriaga, figura clave del movimiento de renovación pedagógica en la época de la II República española, parecen escritas hoy


Quien haya seguido al profesor Sosa Wagner sabrá que una parte de sus preocupaciones intelectuales están centradas en el estudio de las peripecias vitales y la obra de las personas que han contribuido a dar perfiles concretos al Derecho público. Así lo hizo hace unos años respecto al Derecho alemán. Ahora aborda el pasado español comprendido entre el comienzo del siglo XX y los años cincuenta con la atención puesta en unos juristas de quienes se deja testimonio resumido y ordenado de cuáles fueron sus inquietudes y a qué dedicaron su laboriosidad. La selección abarca a las personas más significadas que eran ya catedráticos u ocuparon las cátedras de Derecho político y Derecho administrativo durante la Segunda República, siendo hitos iniciales de tal recorrido los profesores Adolfo G. Posada y Antonio Royo Villanova. Otra razón para seleccionar este periodo republicano es la mirada que hacia él se ha dirigido en estos últimos años con polémica insistencia y, desde ciertas instancias políticas, con bobalicona complacencia. Se analiza en este libro ese tiempo con referencia a los aspectos relacionados con el Derecho público: tanto para anotar lo que se hizo o lo que se intentó -una nueva Constitución, la descentralización política, la reforma militar...- y cuáles fueron sus resultados, como para poner de relieve lo que permaneció alejado de las preocupaciones de aquellos políticos. En este renglón vacío hay que anotar la reflexión sobre la Administración municipal o esa piedra de toque para un sistema dewmocrático que es la garantía judicial de los administrados. Es evidente que la instauración de la Segunda República y el cambio constitucional supuso encender un fuego en el hogar del Derecho público español. Fue gran tragedia que este fuego diera incendio. Pero, como ocurre siempre que tratamos con las llamas, al final quedan cenizas. Algunas se hallan definitivamente apagadas porque buena parte de la obra de estos antepasados nuestros está muerta, pero quedan ascuas que sirven para emitir fugaces destellos y su chispa de calor. Y que nos permiten afirmar que la historia del Derecho público español no se apaga nunca. El lector interesado por el escenario del pasado de nuestro Derecho público y por sus actores, a buen seguro va a aprender y se va a distraer.
Este libro aborda el análisis detallado y riguroso de la que se ha convertido en la teoría de la democracia más importante de los últimos veinte años en el escenario internacional. Lo que algunos han dado en llamar "el giro deliberativo", y que cuanto menos puede ser descrito como una renovación profunda del pensamiento democrático, se ha materializado en centenares de aportaciones teóricas a los diferentes foros académicos en el mundo, con predominio de los ámbitos anglosajones. En esta obra se sintetizan las claves del modelo de la democracia deliberativa, en especial de su versión republicana, y se sientan las primeras bases del diseño institucional de dicho modelo. Por ello, este es un libro dirigido tanto a los filósofos (políticos o del derecho), como a los científicos (los juristas, los politólogos); tanto a los gobernantes con sensibilidad hacia las nuevas ideas democráticas, como a los ciudadanos comprometidos y con interés por la república.


¿Están permitidas las ayudas públicas a las empresas en la Unión Europea? ¿Qué procedimientos y requisitos de fondo deben cumplirse para que las ayudas públicas se ajusten a la normativa aplicable? ¿Qué operaciones tienen la consideración de "ayudas públicas" a estos efectos? ¿Cuáles son los motivos de interés general (sociales, regionales o de otra índole) que pueden justificar el otorgamiento de ayudas públicas, pese a su impacto negativo en la libre competencia? ¿Cuál es la política de la Comisión Europea respecto a las ayudas a la reestructuración y en lo que atañe a las ayudas al funcionamiento de las empresas, y qué principios inspiran su actuación? ¿Son vinculantes para la Comisión Europea las directrices que publica dando orientaciones sobre la aplicación práctica de la normativa en materia de ayudas públicas a los diferentes sectores económicos? ¿Qué medidas deberían tomar las empresas beneficiarias para asegurarse de que las ayudas públicas que reciban sean conformes con la normativa, y evitar así el riesgo de tener que devolverlas, incrementadas en los intereses devengados desde su otorgamiento? ¿A quién corresponde la devolución de las ayudas concedidas en infracción de la normativa cuando la empresa destinataria de la ayuda ha sido vendida? ¿Qué acciones asisten, y a qué procedimientos pueden recurrir, las empresas competidoras de las beneficiarias de las ayudas públicas concedidas en infracción de la normativa? ¿Qué peculiaridades presentan las respuestas a estas preguntas en el concreto sector del transporte aéreo? Con un minucioso análisis del Derecho de la Unión Europea, de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo y de la práctica administrativa de la Comisión Europea en la materia, esta obra da cumplida respuesta a estas y otras cuestiones eminentemente prácticas, al tiempo que brinda consideraciones estratégicas a los operadores del sector, y formula propuestas de reforma de la normativa vigente tendentes a incrementar la seguridad jurídica de las Administraciones públicas y de las compañías aéreas directa o indirectamente afectadas por las ayudas públicas. Juan Antonio Pérez Rivarés es licenciado en Derecho, diplomado en Altos Estudios Jurídicos Europeos (LL.M.) por el Colegio de Europa y doctor por la Universitat de Barcelona. Desde 1997 ejerce la abogacía en la oficina de Barcelona del despacho Uría Menéndez. En 2007 fue nombrado socio del bufete. Como abogado, ha participado en algunas de las principales operaciones del país. Compagina su condición de profesional de la abogacía con el ejercicio de la docencia universitaria en el Departamento de Derecho y Economía Internacionales de la Universitat de Barcelona. Es autor de numerosas publicaciones sobre temas jurídicos en obras colectivas y revistas especializadas, y en la prensa general y económica. Participa con frecuencia como profesor en cursos de postgrado en diversas universidades, y como ponente en seminarios jurídicos y conferencias. Es reconocido por los principales directorios, y es miembro de varias asociaciones culturales, académicas y profesionales. Extracto de índice : Abreviaturas y acrónimos Prólogo Introducción Capítulo I. Aspectos generales Capítulo II. Las directrices de 1994 y su aplicación por la comisión Capítulo III. Los aeropuertos regionales y las compañías de bajo coste: el asunto Ryanair/Charleroi y las directrices de 2005 Capítulo IV. El principio del inversor privado en el sector del transporte aéreo Capítulo V. La compraventa de empresas beneficiarias de ayudas estatales incompatibles con el mercado interior Capítulo VI. La aplicación del derecho de la UE sobre ayudas estatales por los órganos jurisdiccionales nacionales
Este libro aporta una visión de la gestión pública del turismo contrastada desde la experiencia y conocimiento de un grupo de expertos en el estudio de la política y la planificación turística. El objetivo es reflexionar acerca del papel y responsabilidad que la gestión pública del turismo tiene en el éxito de los destinos. Se analizan también las tendencias actuales en la gestión de los destinos turísticos, especialmente en relación a su capacidad para impulsar iniciativas públicas de desarrollo local centradas en el turismo, con ejemplos tomados de la experiencia española, catalana y europea. Finalmente, se repasa la importancia del análisis de la coyuntura y de la actividad turística, necesarias para llevar a cabo y para poder planificar el desarrollo de un sector tan complejo como el turístico. El enfoque transdisciplinar escogido permite que los contenidos sean de interés para un público amplio de profesionales y estudiosos de la planificación turística: el profesional de la gestión turística, el técnico o responsable de política turística, el gestor de un destino turístico, el consultor especializado en la planificación turística, así como también para los estudiantes.
Un tópico ampliamente extendido en la sociedad española es el de que TVE es una ruina, y que la deuda que acumula es insoportable. Sin embargo, en esa afirmación hay mucho de falso: RTVE es la radiotelevisión pública más barata de la UE: el gasto por habitante y año es de 81 euros en Alemania, 75 en Gran Bretaña, 31 en Francia, 24 en Italia y 21 en España (importe que se vería reducido a 13 euros sin los intereses bancarios de los créditos que RTVE se vio obligada a contraer a causa de la vulneración por parte de los gobiernos del PSOE y del PP del Estatuto de la Radio y la Televisión). Que se haya conseguido instalar en los ciudadanos españoles la idea de que RTVE es ineficiente y ruinosa (por cierto, con olvido de lo que sucede en las televisiones autonómicas) arroja la amenazante sombra de una sospecha: la de que se pretende reducir a la televisión pública a una mínima expresión, sospecha que se confirma con cada sucesiva decisión que se toma sobre el ente, independientemente del color del gobierno de turno. Así, la idea de que RTVE es un servicio público esencial, cuya rentabilidad ha de ser básicamente social, que ha de constituir un vehículo clave para la información y la participación política de los ciudadanos, que ha de responder a la exigencia constitucional del derecho de acceso, y que ha de contribuir a la integración cultural, económica y social de la ciudadanía, ha ido siendo progresivamente laminada por externalizaciones, planes de saneamiento y endeudamiento forzado, hasta su agónica situación actual. José Manuel Martín Medem ha trabajado como periodista en RTVE durante más de treinta años. Ha sido corresponsal en México, Colombia y Cuba. Formó parte del Consejo de Administración de RTVE en representación de Izquierda Unida. Ha publicado, en esta misma editorial, La guerra contra los niños y ¿Por qué no me enseñaste cómo se vive sin ti?
Las actuaciones de las Administraciones Públicas tradicionalmente no se han encontrado sujetas a la supervisión de las autoridades de competencia al no tener la consideración de operadores económicos. En la actualidad esta premisa no es válida y, en la medida en que actúan en el mercado pudiendo alterar las condiciones de competencia, resulta necesario que los organismos públicos encargados de velar por la libre concurrencia en el mercado puedan examinar sus conductas. Esta aplicación del Derecho de la Competencia a las Administraciones Públicas se encuentra revestida de importantes dificultades técnicas, económicas y jurídicas que son objeto de estudio en detalle. Así, cuestiones de tanta importancia en la realidad jurídico-económica actual tales como hasta dónde debe alcanzar la aplicación del Derecho de la Competencia sobre las Administraciones Públicas; qué límites tiene y cómo se articulan los mismos; los problemas que se derivan de la contratación pública y el Derecho de la Competencia; o, cómo se desarrolla la función de advocacy, constituyen los principales focos de análisis del presente Libro.