Derecho civil

LA RESPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL (VALÉS DUQUE, PABLO)

La responsabilidad precontractual o culpa in contrahendo, cuya doctrina tiene su origen en un trabajo del jurista alemán Rudolf von Ihering en 1861 publicado en la prestigiosa revista jurídica alemana del Jahrbücher, se hace responsable a quien en la fase precontractual ha realizado un comportamiento lesivo y contrario a los imperativos de la buena fe en sentido objetivo. Por tanto, el estudio de esta responsabilidad conlleva el tratamiento de dicha fase preliminar o de los denominados tratos preliminares, el sentido de la buena fe en sentido objetivo, principalmente de los deberes típicos de dicha fase precontractual: el deber de información, de lealtad, de confidencialidad y el discutido deber de protección. . A partir de aquí se configura una responsabilidad en donde dos son los puntos mas controvertidos: su naturaleza jurídica: extracontractual, contractual o si se trata de un tertium genus, y el alcance de la indemnización o la cuantía del resarcimiento del daño del interés negativo o de confianza. También se incluye el estudio del art. 1.245 de la Propuesta de Modernización del Código civil en materia de Obligaciones y Contratos de la Comisión general de Codificación, Sección Civil, en cuya Sección 1ª se encuentra este único artículo con la rúbrica: "De las negociaciones". Junto a esta propuesta se incluyen diferentes propuestas de regulación en el ámbito europeo, tanto del llamado soft law, como de otro ámbito internacional.

LIBERTAD RELIGIOSA Y ESPACIOS PÚBLICOS – LAICIDAD, PLURALISMO,SÍMBOLOS. (PRIETO ÁLVAREZ, TOMÁS)

A los pocos días de hacerse pública la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 3 de noviembre de 2009 sobre los crucifijos en las escuelas públicas italianas, el actual presidente del Consejo de Estado, Francisco RUBIO LLORENTE, declaraba que «uno de los problemas más difíciles que tienen hoy día las sociedades europeas es determinar la relación entre política y religión y la presencia pública de las religiones». Esto resulta palmario, también, si contemplamos las distintas valoraciones -y reacciones- que en nuestra sociedad provoca el porte del velo islámico u otras manifestaciones de religiosidad en los lugares y ámbitos públicos, incluso asumidas por los mismos poderes públicos (por ejemplo, cuando incorporan festividades religiosas al calendario civil, o emplean nombres religiosos para designar sus espacios o engalanan sus calles con símbolos de este carácter). Este trabajo propone un orden jurídico para estas referencias religiosas -e ideológicas de cualquier sentido- en los espacios públicos. Y esta es su tesis de fondo: no cabe invocar el carácter aconfesional o neutro del Estado -o su laicidad, como suele hoy decirse- para imponer la irreligiosidad en lo público, con detrimento para un pluralismo que los poderes públicos deben preservar. Se entenderá, por tanto, que lo que aquí se trata interesa no solo a los operadores y teóricos del Derecho, sino también a los responsables públicos.

LAS GARANTÍAS REALES EN EL CONCURSO (BLANQUER UBEROS, ROBERTO)

"Las garantías reales en el concurso" es un trabajo que se inicia con un repaso a los antecedentes legales y a los doctrinales. Sigue con la exposición de los principios de la Ley concursal y de su proyección sobre el tratamiento que da a las garantías reales. Analiza con cierto detalle a "los créditos con garantía especial" y a las hipotecas legales, expresas y tácitas, y alguna voluntaria "atípica". Luego examina la incidencia de la declaración de concurso sobre las actuaciones de realización o de ejecución de las garantías, tanto de las ya iniciadas al producirse la declaración como de las que pretendan iniciarse después; con especial atención a los efectos y consecuencias de la garantía real durante la paralización de su realización. Estudia la situación de los titulares de créditos con garantía real: en relación con la aprobación de un convenio o en relación con la apertura de la fase de liquidación; y expone las normas rectoras de la ejecución o realización de las garantías. Hace referencia singular a las garantías que merecen de un trato especial en caso de concurso; como las que pueden acompañar a los créditos por precio aplazado en ventas, o por cuotas de arrendamiento financiero, o a los créditos titulizados. Y trata de los créditos con garantías que en sí mismas tienen una regulación singular: como la prenda de créditos y de resguardos; como la naval y la aeronáutica; y las financieras, separadas del procedimiento de concurso. Finalmente se comenta el ejercicio de las acciones de reintegración de la masa contra la constitución de garantías reales.

ASESOR CIVIL (SERRANO CHAMORRO, Mª EUGENIA)

Con esta segunda edición, "Asesor Civil" pretende facilitar unos conocimientos sencillos y claros sobre numerosos casos que en la vida práctica se presentan en nuestra sociedad. Como su título indica "asesor", que asesora o tiene entre sus funciones la de aconsejar o ilustrar, se exponen y resumen temas civiles con numerosos aspectos legales. Se dirige a un público carente de conocimientos jurídicos y con interés en conocer y aclarar relaciones sociales del mundo del derecho civil, como saber la importancia de una ley, la creación de una sociedad, las obligaciones de la compraventa, la petición de un préstamo hipotecario,................en fin, una serie de cuestiones usuales que prácticamente resultan imprescindibles para moverse en nuestra sociedad con el conocimiento de estos términos.

GUÍA DIDÁCTICA DE LA CONTRATACIÓN CIVIL Y MERCANTIL . (ADAPTADA AL EEES) CONTIENE CD-ROM (ZUÑIGA DURÁN, OLGA / ALBA FERRÉ, ESTHER)

La Guía Didáctica de la " Contratación civil y mercantil " pretende ser un reflejo de algunos cambios fundamentales, tanto en cuanto a las actividades docentes propuestas como a las metodologías que están siendo utilizadas ante el nuevo Espacio de Educación Superior. Y además, como su nombre indica, pretende servir de guía o ayuda al alumno a la hora de enfrentarse a la difícil tarea de elaborar un contrato o de aconsejar a su cliente en la solución de la cuestión planteada. No se pretende facilitar al alumno un manual de teoría de la asignatura, sino que se han seleccionado entre todos los contratos civiles y mercantiles ocho módulos fundamentales o parejas de contratos civiles y mercantiles. Es importante que los alumnos del Grado en Derecho o de Grado en Dirección y Creación de Empresa sepan trabajar como verdaderos abogados o asesores jurídicos y financieros. Por ello, desde la Universidad se les debe hacer una serie de recomendaciones incluidas en la Guía Didáctica para que sepan enfrentarse a la realidad de un despacho o asesoría empresarial desde la Universidad. Así mismo, los profesores obtendrán en esta Guía una serie de indicaciones para aplicar la metodología docente propuesta.

CONTRATOS GRATUITOS (ÁLVAREZ ÁLVAREZ, HENAR / CARRANZA ÁLVAREZ, CÉSAR / CLAVERÍA GOSÁLBEZ, LUIS HUMBERTO / DÁVILA COLLAZO, PEDRO / DELGADO VERGARA, TERESA / ECHEVERRI MESA, ANA CATALINA / FERNÁNDEZ MARTELL, JOSÉ)

En enero de 2010, tuvo lugar en La Habana la IX Jornada Internacional de Derecho de Contratos, cuyo tema central fue el estudio de los contratos gratuitos. Estas jornadas se han convertido en una cita forzosa para las ciencias jurídicas en Cuba. Por fortuna, cada año se suman juristas de reconocido prestigio no solo de Iberoamérica, sino también de otras naciones europeas. Las jornadas han devenido, así, en punto de encuentro entre diversos ordenamientos jurídicos, amén de la confraternidad entre los juristas allí reunidos. . El tema elegido para la edición de la jornada fue el de los contratos gratuitos, entre los cuales destaca la donación, tipo contractual más significativo, por ser el paradigma de las liberalidades. En la ocasión el debate también se centró sobre otros tipos contractuales de naturaleza gratuita como el depósito, el comodato, el mandato, en sus modalidades de mandato general y especial y en otras subespecies contractuales que comparten en común el elemento objetivo de la gratuidad. Incluso se incursionó en los tipos contractuales gratuitos que, por excepción, se manifiestan en el Derecho de consumo y en el Derecho de propiedad industrial. . Este libro, en el que se contienen los trabajos presentados en la Jornada, a modo de memoria escrita de lo allí acontecido, incluye estudios no sólo de juristas cubanos, sino también de profesores provenientes de España, Francia, Perú, Colombia y Uruguay. La coordinación de la obra corre a cargo de Leonardo B. Pérez Gallardo, Profesor Titular de Derecho Civil de la Universidad de La Habana y notario, quien, desde su creación, preside el comité académico de las mencionadas jornadas que, con carácter anual, tienen lugar en la isla caribeña.

CÓDIGO EUROPEO DE CONTRATOS DE LA ACADEMIA DE PAVÍA . DE LOS CONTRATOS EN GENERAL. DE LA COMPRAVENTA (DE CORES HELGUERA, CARLOS / GANDOLFI, GIUSEPPE)

El Código Europeo de Contratos es un ambicioso proyecto en el que lleva trabajando veinticinco años la Academia de Pavía, localizada en dicha ciudad italiana e integrada por más de ciento cincuenta miembros, profesores de distintas disciplinas jurídicas y magistrados eminentes de los más diversos países del Mundo, entre los que se cuentan juristas españoles, portugueses, brasileños, uruguayos, argentinos, peruanos, chilenos, colombianos y portorriqueños. . La Academia fue impulsada por el profesor Giuseppe Gandolfi, romanista y civilista insigne, que la sigue dirigiendo en la actualidad, junto con el profesor Peter Stein, de la Universidad de Cambrigde. Cuenta con el patrocinio del Presidente de la República Italiana, habiendo sido laureada por el Instituto de Francia y reconocida por la Unión Europea, que sigue de cerca sus trabajos y, en ocasiones, los encarga incluso. . La Academia pretende facilitar un conjunto unitario de soluciones relativas a los contratos y a su régimen jurídico en el Siglo XXI, prestando atención específica a los consumidores e incorporando arquetipos de las principales culturas jurídicas, incluida la anglosajona. . Para lograr su objetivo, la Academia ha partido del Código civil italiano -encrucijada del francés y del alemán- y del proyecto británico de Contract Code de MacGregor -académico de Pavía él mismo-, teniendo en cuenta, además, el Código civil portugués, el español, el suizo de las obligaciones, el holandés, el del Québec, los americanos todos y cuantos otros puedan arrojar luz sobre los problemas estudiados, sin olvidar la Convención de Viena sobre la compraventa internacional. . Se contienen, pues, en el Código Europeo de Contratos las doctrinas más recibidas de los distintos países, incluidos los de Ibero América, a los que va destinada especialmente esta edición, pretendiendo que el Código dicho, europeo y americano a la vez, sirva de ayuda para dictar sentencias o enfrentar reformas legislativas, nacionales o regionales, y cruce, de vuelta, el Océano, enriquecido, para enriquecernos. . En este libro de la Biblioteca Iberoamericana de Derecho se contienen los trabajos de la Academia ya plasmados en artículos. El Libro Primero, por un lado, que se ocupa de la teoría general de los contratos y de las obligaciones surgidas de los mismos. El Título Primero del Libro Segundo, por otro, dedicado a la compraventa en todas sus modalidades y, también, a los contratos afines a la misma, desde el leasing a la franquicia, pasando por el suministro y el contrato estimatorio. . La presentación del Libro Primero corresponde a Carlos de Cores, profesor titular de la Universidad Católica del Uruguay. La del Título Primero del Libro Segundo a Giuseppe Gandolfi, profesor de la Universidad de Pavía. . La traducción al español -la versión española- ha sido hecha por José Luis de los Mozos -senador que fue y magistrado del Tribunal Constitucional español, amen de catedrático de Derecho civil- y Carlos Rogel, catedrático de Derecho civil de la Universidad Complutense de Madrid.

CARTAS A UNA MUCHACHA SOBRE TEMAS DE DERECHO CIVIL (OSSORIO Y GALLARDO, ÁNGEL)

El autor destaca que este libro, publicado por primera vez en 1925, ha sido "escrito para las mujeres" con dos objetos: "Es el primero despertar en las mujeres algún interés hacia temas que las afectan de modo muy directo y que, sin embargo, desconocen en absoluto. Todas son, o pueden ser, huérfanas, casadas, madres, propietarias, testadoras, herederas; y nadie se cuida de suministrarlas ni aun la noción más leve de las relaciones civiles originadas por la orfandad, el matrimonio, la maternidad, la propiedad y la sucesión, con lo cual la inferioridad social en que injustamente están colocadas se agrava por la ignorancia que las priva de medios para defenderse... El segundo objeto es apuntar críticas y esbozar reformas que son ya urgentes en homenaje debido a la mujer y en servicio de una organización familiar y social más equitativa que la que hoy conocemos".

COMPENDIO DE DERECHO SUCESORIO (DE LA CÁMARA ÁLVAREZ, MANUEL)

La obra es la nueva edición actualizada de un libro que en sus anteriores ediciones gozó de una magnífica acogida, entre otras razones por la calidad del trabajo tanto del autor como de la persona que ha actualizado y puesto al día su contenido, ambos notarios, quienes, por su dedicación profesional, son, indudablemente, los juristas que mejor conocen el problemático entramado del Derecho sucesorio. Sin lugar a dudas, las cuestiones relativas al Derecho de sucesiones son una de las materias que generan mayor número de consultas al profesional jurídico. De la propia complejidad de los aspectos sucesorios es buena muestra el Código Civil, que dedica a la regulación de la materia más de 400 artículos. A ello se une, además, el hecho de que los derechos forales, plenamente vigentes en determinados territorios del Estado, tienen una normativa propia y particular en lo referente a la herencia y la distribución de los bienes del difunto.

PARTICIONES HEREDITARIAS EN DERECHO COMÚN . INCLUYE FORMULARIOS. ACCESO ON-LINE (SERRANO TERRADES, JOSÉ)

Fallecido el titular de un patrimonio y si éste no ha hecho por acto entre vivos o por última voluntad la partición de sus bienes, debe procederse a la práctica de las operaciones de inventario, avalúo, liquidación, partición y adjudicación de los bienes relictos. Estas operaciones pueden ser practicadas por el contadorpartidor designado por el testador, los herederos mediante acuerdo unánime de carácter indudablemente contractual, el árbitro al que se sometan las partes y, en último término, a falta de los supuestos anteriores, el Juez mediante resolución en un procedimiento contencioso ordinario o en el procedimiento especial para la división de la herencia regulado en los arts. 782 y ss. LEC. Los requisitos y efectos de cada una de estas operaciones se analizan de forma clara y rigurosa a lo largo de esta útil monografia. Se incluyen, además, diversos formularios que confieren a la obra un carácter extraordinariamente práctico.

LOS CRÉDITOS CON PRIVILEGIOS GENERALES . SUPUESTOS Y RÉGIMEN JURÍDICO (GARCÍA PÉREZ, CARMEN L. / LECIÑENA IBARRA, ASCENSIÓN / MESTRE RODRÍGUEZ, MARÍA LUISA)

La presente monografía tiene como objetivo delimitar cada uno de los supuestos que el artículo 91 de la Ley Concursal recoge como privilegios generales. En el examen se pretende conjugar el régimen jurídico específico del concurso, con el significado que cada crédito privilegiado tiene en su disciplina, es decir, nos adentramos en una materia en la que a la dificultad del Derecho concursal, se le añade la propia de los diferentes casos que el precepto prevé. La complejidad se implementa por la circunstancia de que a pesar de los intentos del legislador de reducir este tipo de privilegios, intención declarada en la Exposición de Motivos de la Ley Concursal, es el propio legislador el que en normas posteriores ha creado dudas acerca de su intención, igualmente declarada en la misma Ley, esto es, la de excluir del procedimiento concursal cualquier otro privilegio que no se halle entre los expresamente previstos en la Ley. La interpretación de estas otras disposiciones y el intento de adecuarlas al sentido y espíritu de la Ley Concursal, es otro de los intentos de este estudio. Al lector le resultará de especial ayuda, dado que en él se alude a las diferentes opciones interpretativas, acompañada de numerosa doctrina jurisprudencial relativa a una u otras teorías acerca del ámbito objetivo de los créditos a los que la Ley reconoce el privilegio. Esta visión se completa con el régimen que el Proyecto de Ley sobre Ejecuciones singulares establece para este tipo de privilegios. . Las autoras de la presente monografía son profesoras Titulares de Derecho Civil del Departamento de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la Universidad de Murcia.