Geografía

CÓDIGO CIVIL DE CATALUÑA=CODI CIVIL DE CATALUNYA. LIBRO IV, RELATIVO A SUCESIONES (LEY 10/2008, DE 10 DE JULIO)=LLIBRE IV, RELATIU A SUCCESSIONS (LLEI 10/2008, DE 10 DE JULIOL) (GARRIDO MELERO, MARTÍN)

Con notas de concordancia y críticas a cargo de Martín Garrido Melero. Textos en castellano y catalán. (Revista La Notaría, Monográfico Nº14 año 2008). El Libro IV introduce importantes cambuos en la legislación actual que afectan a todos los campos del Derecho sucesorio. Se simplifican las formas testamentarias; se regulan profundamente las causas que dan lugar a la nulidad e ineficacia de los testamentos y de las disposiciones testamentarias; se desarrollan y armonizan las normas sobre las disposiciones fiduciarias, las sustituciones y los fideicomisos, con importantes cambios en la naturaleza de muchas de sus instituciones; y también se introducen cambios en la regulación de los legados, modos y albaceas. No obstante, quizás las reformas más importantes se encuentran en sede de pactos sucesorios, legítimas y derechos del cónyuge y de la pareja, sin olvidarnos de otras que afectan a la sucesión intestada y al régimen de adquisición de la herencia. Estamos ante una reforma en profundidad del derecho sucesorio catalán que partiendo de los textos positivos clásicos se adapta a los tiempos actuales.