Es un hecho evidente el protagonismo económico que el sector automovilístico presenta en una sociedad de consumo como la actual, pero es que, además, en él confluyen unas singularidades propias que lo hacen especialmente atractivo para el Derecho privado. En efecto, tanto la naturaleza de los propios vehículos como los sistemas de comercialización que imperan en este mercado son características típicas de este sector que pueden llegar a incidir en el régimen de responsabilidad aplicable en el marco de los contratos de compraventa de vehículos celebrados entre un profesional y un consumidor. Este trabajo trata de determinar, así, cómo se manifiestan estas particularidades en la aplicación de la normativa vigente sobre la obligación de conformidad y la garantía comercial. Más concretamente, se proponen posibles soluciones a los problemas que pueden surgir en la práctica cuando un consumidor que ha adquirido un vehículo, pretende reclamar los derechos que se le reconocen tanto legal como contractualmente.