Filosofía del derecho

UN DETALLE NAZI EN EL PENSAMIENTO DE CARL SCHMITT . LA JUSTIFICACIÓN DE LA LEYES DE NUREMBERG DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 1935 (YVES-CHARLES ZARKA)

Recluir, exterminar no fueron efectos de un acto de locura individual o un acto colectivo puntual. Tuvieron que ser concebidos, acreditados, justificados como útiles, deseables, necesarios. Cuando llegó el momento de la justificación, más exactamente de la «justificación jurídica», Carl Schmitt jugó un importante papel. Utilizando la noción del enemigo sustancial, el judío, el enemigo de raza y de sangre, trató de justificar las leyes de discriminación racial de Nuremberg del 15 de septiembre de 1935 que determinan la separación. Carl Schmitt, el nazi, fue el ideólogo de las peores leyes racistas del régimen de Hitler. Esta obra cree probarlo y con ello probar también que todo su pensamiento no queda indemne.

TÉCNICAS DE INTERPRETACIÓN JURÍDICA . BREVIARIO PARA JURISTAS (CHIASSONI, PIERLUGI)

La interpretación constituye un banco de pruebas para el jurista. El cultor del derecho que no sepa cómo interpretar no es un jurista: sean cuales sean los esfuerzos profusos por asimilar las palabras de las leyes, estudiar de memoria las opiniones de los doctores, fijar en la mente las máximas incluso del último tribunal de provincia. Suele pensarse que la interpretación no puede constituir, hablando con propiedad, materia de enseñanza: esto se debería a que la interpretación vendría a ser un arte, un tener olfato, una intelección intuitiva, una visión inspirada por la práctica o un resplandor alcanzado por la experiencia. Puede que todo ello sea verdad. No obstante, existe una parte, en la interpretación jurídica, que cae bajo el dominio ordenador de la razón: es el campo de los conceptos claros y distintos mediante los cuales un acervo de fenómenos con nombres elusivos e inciertos encuentra su explicación rigurosa; es el lugar de las técnicas y de las formas de argumentación desarticuladas y reconstruidas sobre la mesa del analista, a beneficio de cuantos prefieren no improvisar.

HISTORIA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. TOMO III. SIGLO XIX. VOLUMEN II. LA FILOSOFÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS. LIBRO I Y II . T. III, SIGLO XIX, VOL. II. LIBROS I Y II (PECES-BARBA MARTÍNEZ, GREGORIO / FERNÁNDEZ GARCÍA, EUSEBIO / ASÍS ROIG, RAFAEL DE / ANSUÁTEGUI ROIG, FCO, JAVIER (DIRECTORES))

La obra "Historia de los derechos fundamentales. Tomo III. Siglo XIX" está formada por: Volumen I. El contexto social, cultural y político de los derechos. Los rasgos generales de evolución. Libro I y II Volumen II. La filosofía de los derechos humanos. Libro I y II Volumen III. El derecho positivo de los Derechos Humanos. Derechos Humanos y Comunidad Internacional. También está disponible el Tomo I “Tránsito a la modernidad” (siglo XVI y XVII) y el Tomo II (Siglo XVIII)

MORAL INTERNACIONAL (CORRAL SALVADOR, CARLOS)

La importancia de la obra reside en la conveniencia, hoy día, de elaborar una nueva Moral Internacional, dada su estrecha relación con las múltiples y actuales monografías relativas al Derecho Internacional y a las Organizaciones Internacionales así como a las Relaciones Internacionales (Teoría y Realidad), que en contraste se publican en una incesante y continua actualización. La obra se estructura en cuatro partes: Las bases doctrinales de la Moral Internacional; Hacia la comunidad humana mundial; La moral de la paz y de la guerra; y La moral internacional de los pueblos en vías de desarrollo. Carlos Corral Salvador es Doctor en Derecho (Universidad Complutense de Madrid) y Doctor en Derecho Canónico (Pontificia Università Gregoriana). Ha ejercido la docencia desde 1960. Primero, en la Universidad Pontificia Comillas de Madrid hasta 1999 como Catedrático de “Derecho Público Eclesiástico y Relaciones de la Iglesia y el Estado”; y, después al tiempo, en la Universidad Complutense de Madrid como Profesor de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología (Departamento de Relaciones Internacionales) hasta 2004. Entre sus libros destacan Derecho Eclesiástico Internacional (2012), Derecho internacional Concordatario (2009), Confesiones religiosas y Estado Español (2007), La relación entre la Iglesia y la Comunidad Política (2003) y Acuerdos España Santa Sede (1999).

DIVERSIDAD DE SITUACIONES Y UNIVERSALIDAD DE LOS DERECHOS (BARRANCO AVILÉS, Mª DEL CARMEN)

La idea de derechos humanos surge vinculada a la ideología del iusnaturalismo racionalista, en cuyas coordenadas se configuran como universales, absolutos e inalienables. En concreto, la universalidad, que también puede referirse a la valides de la teoría, supone que los derechos corresponden por igual a todas aquellas personas que comportan la común dignidad humana, valdría decir, corresponden por igual a todos los seres humanos. Sin embargo, la universalidad proclamada en las primeras declaraciones de derecho convive con la idea de que todos los seres humanos están provistos de la misma dignidad? La autora, María del Carmen Barranco Avilés, es Doctora en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid. Es Profesora Titular de Filosofía del Derecho de esta Universidad, en la que también ocupa el cargo de Vicedecana de Derecho y Ciencias Políticas y de la Administración. Esta obra pertenece a la Colección Bartolomé de las Casas. Los últimos títulos publicados dentro de esta colección son: El derecho de sufragio de los extranjeros de Antonio Ibáñez Macías. Valores constitucionales y derecho de Eusebio Fernández García. El por qué y el para qué de las penas de Abraham Castro Moreno?

GIGNIDAD HUMANA Y CIUDADANÍA COSMOPLITA (FERNÁNDEZ GARCÍA, EUSEBIO)

Dignidad humana y Ciudadanía cosmopolita, es una recopilación de trabajos de Eusebio Fernández cuya tesis central está constituida por la defensa del diálogo intercultural bajo el respeto de la dignidad humana. En términos generales, puede decirse que la idea de dignidad humana mantenida por Eusebio Fernández, está constituida por la defensa de la vida y la integridad física y moral, siendo está ultima irreconocible sin el respeto a la autonomía, la libertad, la seguridad y la igualdad y, por tanto, sin el respeto a los derechos humanos fundamentales. Desde estos parámetros, considera que la postura correcta frente al hecho del pluralismo cultural o, si se prefiere, frente a la diversidad cultural, es lo que denomina como el patriotismo cosmopolita, que significa, en lo básico, la exigencia del respeto a la dignidad humana y a la configuración de un orden político internacional democrático en donde la idea de Estado nacional y las identidades nacionales tengan cabida, siempre bajo el respeto de los derechos y la democracia.

JUSTICIA Y MEMORIA . HACIA UNA TEORÍA DE LA JUSTICIA ANAMNÉTICA (ZAMORA, JOSÉ A. / ZAMORA, JOSÉ A.ED. LIT. / MATE RUPÉREZ, MANUEL REYES ED. LIT.)

Hoy se habla mucho de "justicia de las víctimas". Las víctimas afortunadamente se han hecho visibles en los discursos políticos, pero mientras no profundicemos en el significado y alcance de una justicia anamnética no podremos precisar qué queremos decir cuando exigimos justicia para las víctimas. Para aproximarse a la elaboración de un concepto de justicia anamnética esta obra colectiva propone beber de otras fuentes que aquellas a las que suelen recurrir las teorías convencionales de la justicia. Se trata de autores que no encontraremos en ningún compendio habitual de dichas teorías: F. Rosenzbeig, W. Benjamin, M. Horkheimer, Th.W. Adorno, B. Brecht, E. Levinas, J. Derrida. Los análisis de sus aportaciones nos acercan a un concepto de justicia que se interroga por los derechos negados en el pasado, por la vigencia del daño que sufrieron las víctimas inocentes, por los vínculos entre la injusticia presente y la pasada. Por eso creemos que resultan imprescindibles para abrir nuevos horizontes y enriquecer un debate, el de la justicia, que en los últimos tiempos parece atrapado en una especie de repetición mortecina de argumentos conocidos.